Es el proceso mediante el cual una víctima de negligencia médica (por ejemplo, una mala operación), puede demandar tanto a la institución médica como al médico tratante, una indemnización de perjuicios por todos los daños sufridos a causa de esta mala intervención médica.

a) Que exista al menos una falta del cuidado que debería tener el médico.

b) Que dicha conducta sea ilícita. Ejemplo, no respetar los derechos de los pacientes.

c) Por otro lado, que exista un nexo de causalidad entre los hechos y el resultado negligente, es decir, que la conducta ilícita y negligente cause un daño.

d) Que ese acto pueda ser imputable al médico, clínica o institución de salud correspondiente.

a) En caso de un Hospital o servicio de salud, la mediación se requiere ante el Consejo de Defensa del Estado.

b) En caso de una clínica privada, la mediación se solicita en la Superintendencia de Salud.

Es un proceso sin forma de juicio donde se evaluarán los antecedentes y se tratará de lograr un acuerdo. Si fracasa la mediación, el certificado de mediación frustrada se debe acompañar a la futura demanda, de lo contrario, el juez civil no admitirá a tramitación su demanda.

a) Documentación médica (epicrisis, certificados de atención, etc.),
b) certificado de mediación frustrada,
c) Documentación de gastos incurridos a causa de la mala intervención médica.