Consiste en el procedimiento en el cual, si su nombre o bien su apellido le causa un detrimento de cualquier tipo, puede solicitar ante los tribunales de justicia que dicho nombre o apellido se modifique o suprima según el caso.

a) Aquellas personas que tengan nombres ridículos, risibles y se sientan menoscabadas moral o materialmente.

b) Aquellas personas que son conocidas por más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes a los propios.

c) Aquellas personas que necesiten agregar un apellido cuando la persona fue inscrita solo con uno, o para cambiar uno de los que hubieran impuesto al nacido, cuando son iguales.

Certificado de nacimiento del solicitante de cambio de nombre o apellido.