La Ley N°19.496 regula la protección de los derechos de los consumidores frente a los ratos arbitrarios e ilegales que suelen tener las tiendas comerciales con sus usuarios. Si has recibido un mal trato por parte de una tienda comercial o si has recibido un producto servicio defectuoso, podemos ayudarte a que se hagan valer tus derechos como consumidor, exigiendo que se reestablezcan tus derechos, mediante la entrega de un producto o servicio en perfectas condiciones, o bien, que se te indemnice por los daños que te causo la entrega de dicho producto o servicio.

 

  • Derecho a no discriminación: Se tiene derecho a un trato digno y respetuoso por parte de los proveedores de bienes y servicios y a que no se le discrimine arbitrariamente.
  • Derecho a entrega de boleta o factura. Siempre puede exigir boleta o factura, que es su comprobante de compra y le permite ejercer la garantía legal de lo que adquiere.
  • Derecho a que no haya letra chica en los contratos. Todos los contratos que se firmen estén escritos de manera clara y legible y la letra no puede ser más pequeña que 2,5 milímetros . Las cláusulas que no se atengan a esta norma quedarán sin efecto.
  • Derecho a que los precios estén en la vitrina. Derecho a exigir que los precios de los productos o servicios que se exhiban en vitrina estén visibles, y a que no se le cobre un precio mayor que el anunciado.
  • Derecho a la venta de artículos en vitrina. Una tienda no puede negarse a vender algo que está en la vitrina aduciendo que es el último que les queda y que no pueden desarmar el decorado..
  • Derecho a información veraz. No pueden comunicarte características del producto o servicio que en realidad no existen. La publicidad que lleva a error o engaño se sanciona con multas.
  • Derecho a garantía legal. El consumidor tiene derecho a que le devuelven el dinero, reemplacen o reparen (según corresponda) bienes o servicios que sean inseguros o vengan con fallas de fabricación.
  • Derecho a reparación e indemnización. En caso de que el proveedor no cumpla con cualquiera de las obligaciones contraídas con usted, tiene derecho a reparación e indemnización adecuada y oportuna de todos los daños materiales y morales.
  • Derecho a retracto. Para la compra de ciertos bienes y servicios, bajo determinadas condiciones, puede terminar unilateralmente el contrato que haya firmado en un plazo de 10 días desde que recibió el producto o desde que firmó el contrato y antes de que reciba la prestación.
  • Derecho a plazo para pedir compensación. Usted tiene un plazo de tres meses desde que adquirió el producto para reclamar y pedir su compensación ante el vendedor, importador o fabricante, siempre y cuando no sea por una falla que haya sido causada por usted (por descuido o mal uso). Esta es una garantía automática que le da la ley. Si compró con una póliza de garantía, regirá la que se extienda por más tiempo.

No es requisito previo, para interponer la querella (denuncia) el haber interpuesto un reclamo ante el servicio nacional del consumidor (SERNAC). Aunque se aconseja hacerlo, ya que si se hace el reclamo ante esta institución, esta toma parte en el proceso pudiendo ayudar a lograr un acuerdo con quien ofreció el producto o servicio.

A la querella (denuncia) que se haga ante el juzgado de policía local competente se debe acompañar la boleta o factura que de cuenta de la adquisición del producto. Además, de acompañar las pruebas necesarias para demostrar las fallas o desperfectos que tiene el producto que le fue entregado por el proveedor a quien se está denunciando (fotos, informes, testigos, etc). También, se deben acompañar documentos que prueben los perjuicios que le causo dicho producto, para efectos de solicitar indemnización de perjuicios.